Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para ingresar en el bello y maravilloso mundo del saber.
sábado, septiembre 21, 2013
Resultado del examen final del mòdulo Derecho Informàtico Modalidad Semi-presencial
NOTA: Señores(as) Estudiantes las calificaciones de los 4 parciales y el examen seran entregados en
secretaria en el transcurso de esta semana.
!Saludos cordiales!
NOMBRE:YADIRA JIMENEZ Se recomienda el uso de estandares abiertos ,y softwar libre , como herramienta informatica que es alcanzar soberania y autonomia tecnologica asi a la vez un ahorro de recursos publicos y que el softwar libre es un instrumento para hacer posible estos objetivos Que ei 18 de Julio dei 2007 se creó e incorporó a la estructura orgánica de la Presidencia de la República la Subsecretaria de Informática, dependiente de la Secretaria General de Ia Administración, mediante Acuerdo N0119 publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de Agosto del 2007; Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; y, En ejercicio de la atribución que ie confiere el numeral 9 del artículo 171 de la Constitución Política de la republica . Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantías para la supervivencia de la colectividad y la defensa dell patrimonio nacional. Estos programas de computación tienen las siguientes libertades: a) Utilización del programa con cuaiquîer propósito de uso común b) Distribución de copias sin restricción alguna. c) Estudio y modificación de! programa d) Publicación del programa mejorado Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando el sistema o proyecto informático se encuentre en cualquiera de estas condiciones: ' a) ‘Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un análisis de costo de beneficios muestre que no es razonable ni conveniente una migración a Software Libre. b) Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo beneficio muestre que no es conveniente modificar el proyecto y utilizar Software Libre. Periódicamente se evaluarán los sistemas informáticos que utilizan software propietario con la finalidad de migrarlos a Software Libre. Para todas las evaluaciones constantes en este decreto la Subsecretaría de Informática establecerá los parámetros y metodología obligatorias.
NOMBRE: FREDDY JIMPIKIT TRABAJO EN CLASE DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA se recomienda el uso de estándares abiertos y software libre, como herramientas informáticas, Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a Elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y Reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; y, Que el 18 de junio se creó se incorporó la estructura orgánica de la Presidencia de la República la Subsecretaria de Informática, dependiente de la Secretaria General de Ia Administración, mediante Acuerdo N0119 publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de Agosto del 2007; Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a Elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y Reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; yEstos programas de computación tienen las siguientes libertades: a) Utilización del programa con cuaiquîer propósito de uso común b) Distribución de copias sin restricción alguna. Y c) Estudio y modificación de! programa (Requisito: código fuente disponible) d) Publicación del programa mejorado (Requisito: código fuente disponible). Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantías para la supervivencia de la colectividad y la defensa dell patrimonio nacional. Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando el sistema o proyecto informático se encuentre en cualquiera de estas condiciones: ' a) ‘Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un análisis de costo beneñcío muestre que no es razonable ni conveniente una migración a Software Libre. b) Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo beneñcio muestre que no es conveniente modìñcar el proyecto y utilizar Software Libre. Artícuio 5.- Tanto para software libre como software propietario, se debe preferir las soluciones en este orden: a) Nacionales que permitan autonomía y soberanía tecnoìógica. b) Regionales con componente nacional. c) Regionales con proveedores nacionales. d) Internacionales con componente nacional. e) Internacionales con proveedores nacionales. f) Internacionales. Artículo 7.- Encárguese de la ejecución de este decreto los señores Ministros Coordinadores y el señor Secretario General de la Administración Pública y Comunicación. Dado en el Palacio Nacional en ia ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitáno, el día de 10 DE ABRIL DEL 2008
4 comentarios:
ING CUANDO VA APASAR LAS NOTAS ????
Ing. soy kleber Muñoz no tengo notas a que hora esta en la universidad
NOMBRE:YADIRA JIMENEZ
Se recomienda el uso de estandares abiertos ,y softwar libre , como herramienta informatica que es alcanzar soberania y autonomia tecnologica asi a la vez un ahorro de recursos publicos y que el softwar libre es un instrumento para hacer posible estos objetivos Que ei 18 de Julio dei 2007 se creó e incorporó a la estructura orgánica de la Presidencia de la República la Subsecretaria de Informática, dependiente de la Secretaria General de Ia Administración, mediante Acuerdo N0119 publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de Agosto del 2007; Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; y, En ejercicio de la atribución que ie confiere el numeral 9 del artículo 171 de la Constitución Política de la republica .
Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantías para la supervivencia de la colectividad y la defensa dell patrimonio nacional.
Estos programas de computación tienen las siguientes libertades:
a) Utilización del programa con cuaiquîer propósito de uso común
b) Distribución de copias sin restricción alguna.
c) Estudio y modificación de! programa
d) Publicación del programa mejorado
Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando el sistema o proyecto informático se encuentre en cualquiera de estas condiciones: '
a) ‘Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un análisis de costo de beneficios muestre que no es razonable ni conveniente una migración a Software Libre.
b) Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo beneficio muestre que no es conveniente modificar el proyecto y utilizar Software Libre.
Periódicamente se evaluarán los sistemas informáticos que utilizan software propietario con la finalidad de migrarlos a Software Libre.
Para todas las evaluaciones constantes en este decreto la Subsecretaría de Informática establecerá los parámetros y metodología obligatorias.
NOMBRE: FREDDY JIMPIKIT
TRABAJO EN CLASE
DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
se recomienda el uso de estándares abiertos y software libre,
como herramientas informáticas, Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a
Elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y
Reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; y,
Que el 18 de junio se creó se incorporó la estructura orgánica de la Presidencia de la
República la Subsecretaria de Informática, dependiente de la Secretaria General de Ia Administración,
mediante Acuerdo N0119 publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de Agosto del 2007; Que el numeral 1 del artículo 6 del Acuerdo No 119, faculta a la Subsecretaría de Informática a
Elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, políticas, proyectos de leyes y
Reglamentos para el uso de Software Libre en las dependencias del gobierno central; yEstos programas de computación tienen las siguientes libertades:
a) Utilización del programa con cuaiquîer propósito de uso común
b) Distribución de copias sin restricción alguna. Y
c) Estudio y modificación de! programa (Requisito: código fuente disponible)
d) Publicación del programa mejorado (Requisito: código fuente disponible).
Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantías para la
supervivencia de la colectividad y la defensa dell patrimonio nacional.
Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando el sistema o proyecto
informático se encuentre en cualquiera de estas condiciones: '
a) ‘Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un análisis de costo beneñcío
muestre que no es razonable ni conveniente una migración a Software Libre.
b) Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo beneñcio muestre que no es
conveniente modìñcar el proyecto y utilizar Software Libre.
Artícuio 5.- Tanto para software libre como software propietario, se debe preferir las soluciones en este orden:
a) Nacionales que permitan autonomía y soberanía tecnoìógica.
b) Regionales con componente nacional.
c) Regionales con proveedores nacionales.
d) Internacionales con componente nacional.
e) Internacionales con proveedores nacionales.
f) Internacionales.
Artículo 7.- Encárguese de la ejecución de este decreto los señores Ministros Coordinadores y el señor
Secretario General de la Administración Pública y Comunicación.
Dado en el Palacio Nacional en ia ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitáno, el día de 10 DE ABRIL DEL 2008
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